Rachel Kleinfeld Belton
Carnegie Endowment for International Peace (CEIP). Enero de 2005 pdf 44 páginas
Material difundido por el Information Resource Center, Embajada de los Estados Unidos en Argentina
Existen dos categorías de definiciones del principio de legalidad (rule of law): la que destaca el fin perseguido por este principio (e.g. mantener el estado de derecho y el orden, o garantizar el dictado de sentencias predecibles), y la que pone el énfasis en las herramientas o atributos institucionales que se consideran necesarios para hacer respetar este principio (e.g. las leyes globales, tribunales eficientes y organismos de aplicación competentes). Por motivos prácticos e históricos, los comentaristas jurídicos y los filósofos han favorecido la primera categoría. Los abogados de los programas tendientes a fomentar la vigencia del principio de legalidad (rule-of-law development programs) tienden a usar la nombrada en segundo término.
Este trabajo analiza el desafío que supone definir adecuadamente este principio, examinando, a esos efectos, sus ambos tipos de definiciones, sus antecedentes históricos y las implicancias que cada una de ellas tiene a los fines de los intentos de favorecer el imperio de la ley. |